La RPT es un instrumento técnico de ordenación del personal en el que se clasifican los puestos y se definen los requisitos esenciales para su desempeño. Cada Administración puede y debe valorar las concretas necesidades de su organización administrativa y definir las características de los puestos de trabajo que forman parte de su estructura administrativa en ejercicio de esa potestad de autoorganización. La Administración materializa dicha actividad mediante la aprobación o modificación de las correspondientes RPT, siendo éste el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los Servicios, debiendo incluir al menos la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias (art. 74 EBEP).
Nuestros servicios:
- Análisis y documentación de la situación organizativa de la Administración municipal, con identificación de funciones, tareas, actividades y responsabilidades asignadas a cada puesto de trabajo y de las áreas competenciales de cada servicio o unidad, señalando las deficiencias, que a juicio de la empresa, existan en el actual sistema organizativo municipal.
- Plan de ordenación de los recursos humanos:
- Realización de la RPT: propuesta organizativa y una nueva relación valorada de puestos de trabajo a los que se deberá de asignar funciones, niveles de responsabilidad, elementos configurativos y ponderación de los mismos, con especial incidencia en el complemento específico.
- Propuestas del plan de ordenación de los recursos humanos
- Comunicación
- Asistencia a la Alcaldía y Concejalía Delegada de Personal y de otras dos sesiones de la Mesa General de Negociación de materias comunes entre funcionarios y laborales.